Las preferencias arancelarias en los tratados de libre comercio


¿Qué es un Acuerdo comercial? 

Un acuerdo comercial es un instrumento jurídico mediante el cual dos o más países se otorgan recíprocamente condiciones favorables para el comercio. Uno de los elementos principales de dichas condiciones, es la exoneración parcial o total de los gravámenes (aranceles) al comercio mediante la aplicación de preferencias arancelarias.

¿Qué es una preferencia arancelaria? 

Una preferencia arancelaria es una reducción del gravamen arancelario o directamente su eliminación, otorgada por el país importador a las mercancías originarias del país exportador, siendo ambos países partes en el Acuerdo. 
 

  • La preferencia porcentual es una reducción de los aranceles o gravámenes generales en términos porcentuales. 
Ejemplo: si el arancel general de un producto es del 20% y el producto recibe una preferencia del 80%, se calcula el 80% de 20 (80x20/100=16). Luego se le resta el 80% al 20: 20 – 16 = 4.
  • Cuando el trato preferencial se expresa en términos de Gravamen Preferencial Acordado (GPA), dicho gravamen es el que efectivamente debe tributar el producto objeto de preferencia.
Ejemplo: el gravamen aplicable a terceros países es del 20%, mientras que el aplicable al país parte en el Acuerdo es del 4%. 

Las preferencias arancelarias pueden estar referidas a productos, a un grupo de productos o a la totalidad del universo arancelario, y se expresan como un porcentaje de deducción de arancel general, aplicable siempre que concurran las condiciones previstas (origen, naturaleza, volumen, etcétera), para que surta efecto la preferencia.

Las preferencias arancelarias sirven tanto en la importación, como en la exportación.


“Este blog se desarrolló con fines educativos”




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