Las regulaciones no arancelarias
Las regulaciones no arancelarias se refieren a las medidas establecidas por los gobiernos para controlar el flujo de mercancías entre los países y se dividen en dos clases:
- Regulaciones no arancelarias cuantitativas: Se aplican a cantidades de productos que se permiten importar a un país, o a establecer contribuciones cuantificables a las que se sujetan esas mercancías distintas del arancel (Permisos de exportación e importación, cupos, medidas contra prácticas desleales de comercio internacional: discriminación de precios y subvención).
- Regulaciones no arancelarias cualitativas: Se aplican al producto en sí mismo y/o sus accesorios (envase, embalaje, entre otros), sin importar la cantidad; se aplican a todos los productos que se deseen introducir a un país y no solo a una cierta cantidad de ellos (Regulaciones de etiquetado, regulaciones de envase y embalaje, marcado de país de origen, regulaciones sanitarias).
Permisos previos
Son autorizaciones que otorga la Secretaría de Economía, mismos
que el importador y el exportador deben obtener cuando hayan sido señalados
como
Para que los interesados
puedan importar o exportar legalmente mercancías que están sujetas a dicho
requisito por parte de Secretaría de Economía. El permiso que otorgue la
Secretaría de Economía deberá presentarse por medio del agente aduanal.
Certificaciones
Es la presentación de un documento que pruebe la veracidad de información que contiene la mercancía.
Los clientes que realizaron la negociación solicitan que el
producto que reciban esté certificado para asegurarse que incluye las características y especificaciones acordadas. Puede provenir de una autoridad nacional o extranjera, o de un organismo privado que tiene
autorización de México.
Normas oficiales mexicanas
El gobierno es el encargado
de identificar los riesgos, evaluarlos y emitir las NOMs para prevenirlos.
Pueden aplicar al sector privado y público por medio de sus tres niveles de
gobierno. Las NOM son una regulación técnica de observancia obligatoria para
los importadores y exportadores expedida por las dependencias competente.
Cuotas compensatorias
Son gravámenes a pagar con carácter fiscal de aprovechamientos
que, después de seguir un
procedimiento administrativo en materia de prácticas
desleales de comercio internacional.
Mediante procedimientos
previos de investigación, la autoridad competente puede determinar el monto de
los impuestos o cuotas compensatorias que equilibren el precio. Son determinados por la Secretaría de Economía para las mercancías
que se importen en la aduana, pero que se declararon con un valor menor a su valor normal.
Marcado de país de origen
La finalidad es para identificar
el país de origen de las mercancías que se importan, con marcas físicas que
acompañan a dichas mercancías, como etiquetas o señas especiales claramente
visibles que indiquen su procedencia.
Cada país determina un
símbolo para distinguir el origen de su Mercancía.
Si se exportan productos
que llevan esa marca y únicamente se ha obtenido la protección para dicha marca
en el país de origen, la marca es vulnerable en el mercado de exportación.
Cupos máximos
Es la cantidad asignada de
mercancía que el Estado permite ingresar a nuestro país, en un periodo
determinado, generalmente establecido en el año en curso.
El monto de una mercancía
que puede ser exportada o importada, ya sea un cupo máximo o un arancel cupo.
Un arancel cupo es una
cantidad determinada de mercancía a la que se le asigna un arancel diferente al
general, que debe pagarse en un periodo limitado.
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